Ante la información que ha circulado recientemente en un medio de comunicación,
consideramos necesario realizar un llamado a informarse realmente y a través de
datos verificados. En este contexto, la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro
declara lo siguiente:
La participación de los concejales en las sesiones del Concejo Municipal, ya sean
ordinarias o extraordinarias, no es facultativa, sino un deber legal expresamente
establecido en la Ley N.º 18.695, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
El artículo 79 dispone que los concejales deben asistir a las sesiones y ejercer sus
funciones con responsabilidad. Por su parte, el artículo 84 establece que podrán
convocarse sesiones extraordinarias cuando existan materias urgentes o
relevantes que requieran resolución inmediata. Estas sesiones tienen plena
validez jurídica y exigen el quórum legal para la adopción de acuerdos.
En este contexto, y ante una situación sanitaria y ambiental que afecta
directamente a la localidad de Inca de Oro, se citó formalmente a Concejo
Extraordinario el día viernes 13 de febrero a las 17:16 horas. El foco de la citación
fue someter a aprobación la creación del proyecto “Mejoramiento Planta de
Tratamiento Inca de Oro”, una iniciativa clave para garantizar el adecuado
funcionamiento del sistema de tratamiento de residuos, prevenir focos de
contaminación, evitar riesgos sanitarios y asegurar condiciones ambientales
mínimas para la comunidad. El proyecto, por un monto de 90 millones de pesos
con cargo al Fondo de Patentes Mineras año 2025, buscaba intervenir de manera
urgente una infraestructura esencial para la salud pública y la calidad de vida de
los vecinos.
La convocatoria se originó a raíz del ingreso, durante esa misma jornada (viernes
13 de febrero de 2026), del Ordinario N° 306 emitido por la Secretaría Regional

Ministerial de Bienes Nacionales de la
Región de Atacama, firmado por la SEREMI
Mónica Marín Aguirre, mediante el cual se notificó la Resolución Exenta N° 26 que

otorga el permiso de ocupación a la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro
respecto del inmueble fiscal ubicado en el bypass de Inca de Oro. Este acto
administrativo habilitó legalmente al municipio para intervenir el terreno y ejecutar
mejoras, haciendo indispensable someter a aprobación la creación del proyecto
sin dilaciones.
Es importante dejar expresamente establecido que esta citación no
respondía simplemente a una decisión administrativa. Se trataba de una
medida destinada a cumplir obligaciones legales en materia sanitaria y
ambiental, y a resguardar la salud pública de los vecinos de Inca de Oro. No
era un trámite más en tabla; era una acción urgente vinculada a condiciones
básicas de vida.
La planta de tratamiento requiere intervenciones esenciales —cambio de viruta,
incorporación y recambio de lombrices, mejoramiento de aspersores y reposición
de bombas— para garantizar su correcto funcionamiento y evitar riesgos sanitarios
y ambientales. La postergación de estas acciones no afecta un expediente, afecta
directamente a las personas y a su entorno. Estas intervenciones, además,
estaban programadas para ser debidamente explicadas por un profesional en la
materia.
Los concejales, al igual que el alcalde, fueron elegidos democráticamente por las
vecinas y vecinos y, por tanto, se deben a su comunidad. Si bien existe un
calendario de sesiones que permite organizar el trabajo institucional y planificar
descansos, cuando se convoca a una sesión extraordinaria por una causa urgente
que beneficiará a toda la localidad de Inca de Oro, la prioridad debe ser el
bienestar de la comunidad.

En esta ocasión, solo asistieron tres
concejales, no alcanzándose el quórum necesario
para adoptar el acuerdo. No se trataba de un asunto administrativo secundario,
sino de una necesidad sanitaria urgente que impacta directamente en la calidad de
vida de los vecinos.

Cuando no se logra el quórum en un contexto de esta naturaleza, no solo se
retrasa una votación: se posterga el cumplimiento de obligaciones legales y se
dilata una solución concreta frente a una problemática sanitaria y ambiental que
requiere atención inmediata. El ejercicio del cargo de concejal exige
responsabilidad, presencia y compromiso efectivo, especialmente cuando lo que
está en juego es la salud y las condiciones básicas de vida de toda una
comunidad.

 

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